El día 28 de abril de 2010, de 8:00 a 18:00 hs. se llevará a cabo el comicio para elegir Rector y Vicerrector y Consejeros Superiores de la Universidad y Decanos y Vicedecanos y Consejeros Directivos de las Facultades de: Agronomía, Ciencias Económicas y Jurídicas, Ciencias Exactas y Naturales, Ciencias Humanas, Ciencias Veterinarias e Ingeniería. Participan de la mismas los electores de los Claustros de: Docentes (Subclaustro de Profesores y Subclaustro de Docentes Auxiliares), Graduados y Estudiantes y el personal del sector No Docente.

5 mar 2010

ELECCIONES EN LA UNLPam.- Mecanismo "sobre de doble cubierta".

Aprobaron procedimiento para los electores No Docentes del Rectorado que deban emitir sufragio bajo "sobre de doble cubierta", según los alcances del Art. 42 del Reglamento de Elecciones de la UNLPam.

Mediante la Resolución Nº 029/10 del Rectorado, también se aprobaron aspectos de votación bajo el sistema de “sobre de doble cubierta”, mecanismo previsto en el artículo 42 del Reglamento de Elecciones.

Los electores No Docentes del Rectorado que deban sufragar mediante el mencionado mecanismo deberán solicitarlo por escrito mediante nota dirigida al Rector, presentada en Mesa de Entradas del Rectorado en Santa Rosa o General Pico, y en caso de corresponder, acompañado de la documentación pertinente.

Las solicitudes de votación en “sobre de doble cubierta” se recepcionarán a partir del lunes 5 de abril y hasta dos días hábiles administrativos antes del día habilitado en que deban votar por ese sistema. Quienes voten el 22 de abril podrán remitir la solicitud hasta el 20 de abril; quienes lo hagan el 23 hasta el 21 de abril; quienes emitan voto bajo sobre de doble cubierta el 24 de abril podrán remitirla hasta el 22; quienes lo hagan el 26 de abril hasta el 22 de abril y quienes voten el 27 de abril, podrán remitirla hasta el 23 de abril.

Con respecto al trámite a seguir, las Mesas de Entradas girarán inmediatamente de recibidas las solicitudes a la Prosecretaría Privada del Rector, la que elevará al Rector o Vicerrectora indistintamente, para la autorización o denegación correspondiente.

Aquellas solicitudes autorizadas se notificarán a la Junta Electoral de la Universidad y a los fiscales, a fin de que puedan ejercer su control.
Para sufragar en la sede Santa Rosa el cronograma establecido incluye Jueves 22, Viernes 23, Lunes 26 y Martes 27 de abril de 10.00 a 12.00 y de 18.00 a 19.00 ante los Secretarios que estén presentes; el sábado 24 de abril solamente por expreso pedido, en el horario de 11.00 a 12.00 horas.

Para sufragar en la sede Santa Rosa el cronograma establecido incluye Jueves 22, Viernes 23, Lunes 26 y Martes 27 de abril de 10.00 a 12.00 y de 18.00 a 19.00 ante los Secretarios que estén presentes o el Coordinador de la Delegación; el sábado 24 de abril solamente por expreso pedido, en el horario de 11.00 a 12.00 horas.

La actuación prevista para los Secretarios del Rectorado, excluyen al Secretario Legal y Técnico, puesto que fue designado como Presidente de la Junta Electoral de la UNLPam.

ELECCIONES EN LA UNLPam - Padron de Graduados

Se aprobaron procedimientos para la inscripción en el Padrón Electoral del Claustro Graduados.

En virtud del llamado a elecciones generales en todo el ámbito de la Universidad Nacional de La Pampa, se aprobó mediante Resolución Nº 029/10 del Rectorado, los procedimientos relacionados a la inscripción al Padrón Electoral del Claustro Graduados y aspectos de votación bajo el sistema de “sobre de doble cubierta”, mecanismo previsto en el artículo 42 del Reglamento de Elecciones.

En tal sentido, hasta el próximo lunes 29 de marzo a la hora 12.00 se recibirán las solicitudes de inscripción en el mencionado Padrón. Los días hábiles de 7.00 a 13.30 horas, la inscripción será recibida en las Mesas de Entradas del Rectorado; fuera de ese horario, podrán recibirlas todos los Secretarios del Rectorado; Prosecretaría Privada y Coordinador de la Delegación de General Pico, a efectos de ingresarlas por Mesa de Entradas en horario habitual.

Los agentes y funcionarios habilitados podrán certificar la firma del solicitante y de corresponder, la copia del diploma habilitante. La firma de la nota de solicitud de inclusión podrá ser certificada por policía, Juez de Paz o autoridad reemplazante, Escribano Público o autoridades del Colegio donde se encuentre matriculado el graduado.

Con respecto a la copia del diploma habilitante puede venir certificada por policía, Juez de Paz o autoridad pública reemplazante o Escribano Público.

Recibidas y verificadas las solicitudes de inscripción se girarán a las Facultades respectivas para la inclusión en el padrón.

La actuación prevista para los Secretarios del Rectorado, excluyen al Secretario Legal y Técnico, puesto que fue designado como Presidente de la Junta Electoral de la UNLPam.

Se recuerda que los graduados también pueden inscribirse en su Facultad.